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Impuestos & Fiscalidad

Calculadora de Retención IRPF en Nómina

Calcula el porcentaje oficial de retención de IRPF mensual en tu nómina y tu sueldo neto estimado en España según las tablas de la Agencia Tributaria.

Datos verificados para 2026 · Última verificación: 29 de agosto de 2026Fuentes oficiales: AEAT· BOE

Resultados Estimados

Tipo de Retención IRPF
Sueldo Neto Mensual (12 pagas)
Sueldo Neto Mensual (14 pagas)
Total Retenido Anual

Guía Oficial de Retenciones de IRPF en Nómina y Tablas Fiscales 2026

La retención de IRPF que la empresa practica mensualmente en la nómina de un trabajador por cuenta ajena constituye un pago a cuenta preceptivo de su declaración anual del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas ante la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT). Su cálculo se rige de forma estricta por el algoritmo del Reglamento del IRPF (Real Decreto 439/2007).

El porcentaje de retención no es un tipo impositivo fijo, sino el resultado de cruzar el salario bruto anual con las circunstancias personales y familiares del contribuyente (hijos a cargo, cónyuge, ascendientes, grado de discapacidad y modalidad contractual). Su propósito legal es que el importe total retenido durante el año coincida de la manera más exacta posible con la cuota real a liquidar en la Renta.

Cómo Funciona el Algoritmo de Retención del IRPF (Paso a Paso)

El cálculo oficial del tipo de retención en nómina sigue una secuencia tributaria regulada:

  1. Base Bruta de Retribución: Suma de salario base, complementos fijos y estimación de complementos variables anualizados.
  2. Minoración de Gastos Deducibles: Descuento de cotizaciones a la Seguridad Social (6,50%), gasto general del trabajo de 2.000 € (art. 19.2.f LIRPF) y reducción para rendimientos íntegros inferiores a 19.747,50 €.
  3. Base Liquidable y Mínimos Familiares: Determinación del mínimo del contribuyente (5.550 €) más los mínimos por descendientes a cargo (art. 58 LIRPF).
  4. Aplicación de la Escala Progresiva: Se calculan la cuota íntegra sobre la base liquidable y la cuota correspondiente a los mínimos exentos; la diferencia genera la cuota líquida previa.
  5. Fijación del Tipo de Retención Oficial: Se divide la cuota líquida resultante entre la retribución bruta anual, obteniendo el porcentaje exacto a aplicar en cada mensualidad.

Diferencias Clave: Tipo de Retención vs. Tipo Marginal vs. Tipo Medio en la Renta

Para interpretar correctamente una nómina en España, es fundamental distinguir tres conceptos fiscales diferenciados:

  • Tipo de Retención en Nómina: Es el porcentaje medio efectivo que la empresa descuenta en cada nómina para anticipar tu impuesto anual.
  • Tipo Marginal: Es el gravamen del tramo más alto de la escala que se aplica al último euro ganado. Si recibes un aumento o bonus, tributará inicialmente a este tipo marginal.
  • Tipo Medio Efectivo en la Declaración de la Renta: Es el tipo real definitivo que resulta en el Modelo 100 tras computar deducciones autonómicas, hipoteca previa a 2013, aportaciones a planes de pensiones o donaciones.

Tabla Oficial de Mínimos Personales y Familiares (Ley 35/2006 LIRPF)

Los mínimos personales y familiares representan el umbral económico destinado a satisfacer las necesidades básicas del contribuyente y su unidad familiar, no sometido a gravamen efectivo:

Concepto Fiscal Importe Legal Base Normativa
Mínimo del Contribuyente General 5.550,00 €/año Art. 57 LIRPF
1.º Descendiente a cargo 2.400,00 €/año Art. 58 LIRPF
2.º Descendiente a cargo 2.700,00 €/año Art. 58 LIRPF
3.º Descendiente a cargo 4.000,00 €/año Art. 58 LIRPF
4.º y Siguientes Descendientes 4.500,00 €/año Art. 58 LIRPF
Plus Adicional Descendiente Menor de 3 años 2.800,00 €/año Art. 58.2 LIRPF
Gasto Deducible General del Trabajo 2.000,00 €/año Art. 19.2.f LIRPF
Tipo Mínimo Contratos Temporales (< 1 año) 2,00% Art. 86.2 RIRPF

Escala Progresiva Estatal de IRPF (Art. 63 LIRPF)

La escala del IRPF se estructura en tramos progresivos. Los tipos de la escala general estatal son:

Tramo de Base Liquidable Tipo Marginal Estatal Tipo Total Orientativo
Desde 0,00 € hasta 12.450,00 € 9,50% ~19,00%
Desde 12.450,00 € hasta 20.200,00 € 12,00% ~24,00%
Desde 20.200,00 € hasta 35.200,00 € 15,00% ~30,00%
Desde 35.200,00 € hasta 60.000,00 € 18,50% ~37,00%
Desde 60.000,00 € hasta 300.000,00 € 22,50% ~45,00%
Más de 300.000,00 € 24,50% ~47,00%

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Ejemplo Práctico

Perfil 1: Trabajador Soltero sin Hijos (24.000 € Brutos / Indefinido)
Entrada: Sueldo Bruto: 24.000 €/año | Hijos: 0 | Contrato: Indefinido | Situación: General
Resultado generado: Tipo IRPF: ~13,51% | Neto (12 pagas): ~1.600 €/mes | Neto (14 pagas): ~1.371 €/mes

La Seguridad Social descuenta 1.560 € (6,50%) y la retención anual de IRPF asciende a ~3.242,40 €, resultando un sueldo neto anual de ~19.197,60 €.

Perfil 2: Persona Casada con Cónyuge a Cargo (18.000 € Brutos / Indefinido)
Entrada: Sueldo Bruto: 18.000 €/año | Hijos: 0 | Contrato: Indefinido | Situación: Cónyuge sin rentas > 1.500 € (Sit. 2)
Resultado generado: Tipo IRPF: ~1,91% | Neto (12 pagas): ~1.374 €/mes | Neto (14 pagas): ~1.177 €/mes

La Situación Familiar 2 aplica un umbral de exclusión superior (17.197 €) y alivio tributario por cónyuge a cargo, tributando al 1,91% en lugar del 5,86% de la situación general.

Perfil 3: Trabajador con 1 Hijo a Cargo (28.000 € Brutos / Indefinido)
Entrada: Sueldo Bruto: 28.000 €/año | Hijos: 1 | Contrato: Indefinido | Situación: General
Resultado generado: Tipo IRPF: ~13,96% | Neto (12 pagas): ~1.856 €/mes | Neto (14 pagas): ~1.591 €/mes

El mínimo por 1.º descendiente (2.400 €) eleva la cuantía exenta total a 7.950 €, moderando la retención aplicable respecto a no tener hijos (15,59% -> 13,96%).

Perfil 4: Trabajador con 2 Hijos a Cargo (35.000 € Brutos / Indefinido)
Entrada: Sueldo Bruto: 35.000 €/año | Hijos: 2 | Contrato: Indefinido | Situación: General
Resultado generado: Tipo IRPF: ~15,31% | Neto (12 pagas): ~2.281 €/mes | Neto (14 pagas): ~1.955 €/mes

Los 5.100 € de mínimo por 2 descendientes reducen significativamente la cuota tributaria en los tramos intermedios respecto a 0 hijos (18,08% -> 15,31%).

Perfil 5: Familia Monoparental con 1 Hijo (18.500 € Brutos / Indefinido)
Entrada: Sueldo Bruto: 18.500 €/año | Hijos: 1 | Contrato: Indefinido | Situación: Monoparental (Sit. 1)
Resultado generado: Tipo IRPF: ~1,98% | Neto (12 pagas): ~1.411 €/mes | Neto (14 pagas): ~1,209 €/mes

La Situación 1 (soltero/viudo/divorciado con hijos exclusivos a cargo) cuenta con un umbral de exclusión superior (17.644 €) y progresividad reducida, fijando la retención en el 1,98% (frente al 4,75% en situación general).

Cómo Calcular tu Retención de IRPF en 3 Pasos

1

Introduce tu Salario Bruto Anual

Escribe la retribución bruta total anual estipulada en tu contrato laboral o certificado de retenciones en euros (€).

2

Selecciona Hijos y Situación Familiar

Indica el número de descendientes a cargo, el tipo de contrato (general o temporal) y tu situación personal.

3

Consulta el Tipo de IRPF y Neto Mensual

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Preguntas Frecuentes sobre la Retención de IRPF

¿Cómo se calcula el porcentaje de retención del IRPF en la nómina?

El tipo de retención se calcula aplicando el algoritmo oficial del Reglamento del IRPF (Real Decreto 439/2007 de la Agencia Tributaria). Se parte del salario bruto anual y se descuentan las cotizaciones a la Seguridad Social (6,50%), el gasto general deducible del trabajo (2.000 € según art. 19.2.f LIRPF) y las reducciones por rendimientos del trabajo para rentas medias y bajas. Al importe resultante se le aplica la escala progresiva de gravamen y se le resta la cuota correspondiente al mínimo personal y familiar (5.550 € base más descendientes) para fijar el porcentaje exacto de retención mensual.

¿Qué diferencia existe entre el tipo de retención de la nómina y el tipo impositivo de la Renta?

La retención en nómina es un anticipo a cuenta mensual que la empresa ingresa en Hacienda en nombre del trabajador. La declaración anual de la Renta (Modelo 100) determina la cuota líquida definitiva del impuesto considerando la totalidad de ingresos anuales, deducciones autonómicas, deducciones por vivienda, aportaciones a planes de pensiones y donaciones. Si las retenciones practicadas fueron superiores a la cuota real, Hacienda devuelve la diferencia; si fueron inferiores, el resultado sale a pagar.

¿Por qué puede cambiar el porcentaje de retención de IRPF a lo largo del año?

La empresa está obligada por ley a regularizar el tipo de retención si se producen variaciones en las retribuciones o en la situación familiar del empleado. Las causas más habituales son subidas salariales, complementos variables o bonus, horas extraordinarias, nacimiento o adopción de un hijo, cambios en el estado civil o incorporación a la empresa a mitad de año, lo que exige recalcular la base anualizada.

¿Cómo reducen los hijos a cargo y la situación familiar el porcentaje de retención?

Conforme al artículo 58 de la Ley del IRPF, cada hijo menor de 25 años que conviva con el contribuyente incrementa el mínimo familiar exento de tributación: 2.400 € por el primero, 2.700 € por el segundo, 4.000 € por el tercero y 4.500 € a partir del cuarto (más 2.800 € adicionales si el menor tiene menos de 3 años). Este mínimo genera un crédito fiscal que reduce directamente la cuota de retención y eleva el sueldo líquido mensual.

¿Cuál es el tipo de retención mínimo en contratos temporales?

Según el artículo 86.2 del Reglamento del IRPF, los contratos temporales de duración inferior a un año tienen fijado un tipo de retención mínimo obligatorio del 2,00%, con independencia de que el cálculo ordinario arroje un tipo inferior por volumen de ingresos.

¿Cobrar en 12 o 14 pagas modifica el total de IRPF retenido al año?

No. El salario bruto anual y el total de IRPF retenido durante el ejercicio fiscal son exactamente los mismos. En 12 pagas, el importe neto anual se distribuye en 12 mensualidades iguales con pagas extras prorrateadas; en 14 pagas, se cobran 12 mensualidades ordinarias más 2 pagas extraordinarias (verano y Navidad), reteniéndose en cada una de ellas el mismo porcentaje oficial.

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