Cuánto le cuesta realmente a una empresa contratar a un trabajador en España (2026)
Cuando una empresa o un profesional autónomo incorpora a un trabajador por cuenta ajena, el salario bruto pactado en el contrato de trabajo representa solo una parte del desembolso real. En España, las cotizaciones obligatorias a la Seguridad Social a cargo exclusivo del empleador (la denominada cuota patronal) suponen un coste adicional sustancial regulado con exactitud por la Orden PJC/297/2026 (publicada en el BOE núm. 79, de 31 de marzo de 2026) y la Ley General de la Seguridad Social.
Desglose detallado de las cotizaciones a cargo de la empresa
Las aportaciones patronales se calculan sobre la base de cotización mensual o diaria del empleado, delimitada obligatoriamente entre la base mínima legal de su grupo profesional (1.424,40 €/mes para los grupos 4 a 7 con base mensual; 47,48 €/día para los grupos 8 a 11 con base diaria; 1.435,20 €/mes para el grupo 3; 1.649,70 €/mes para el grupo 2 y 1.989,30 €/mes para el grupo 1) y la base máxima legal (5.101,20 €/mes o 170,04 €/día; 61.214,40 €/año). La empresa ingresa un 23,60% por contingencias comunes, un 5,50% por desempleo en contratos indefinidos (un 6,70% en temporales), un 0,20% para el Fondo de Garantía Salarial (FOGASA), un 0,60% por formación profesional y un 0,75% por el Mecanismo de Equidad Intergeneracional (MEI).
Tarifa de Accidentes de Trabajo (AT y EP) y Cotización de Solidaridad
A las partidas comunes se suma la tarifa de primas por Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales (AT y EP) regulada por la Disposición adicional cuarta de la Ley 42/2006. Cuando el trabajador desempeña exclusivamente tareas de oficina, prevalece la letra "a" del Cuadro II (1,50%) sobre el CNAE general de la empresa. Asimismo, para retribuciones elevadas que superen la base máxima legal de 5.101,20 €/mes, entra en juego la cotización adicional de solidaridad en tres tramos regulada por el artículo 17 de la Orden PJC/297/2026 (y art. 19 bis LGSS), aportando la empresa en 2026 un 0,96% en el tramo 1 (de 5.101,21 € a 5.611,32 €/mes), un 1,04% en el tramo 2 (de 5.611,33 € a 7.651,80 €/mes) y un 1,22% en el tramo 3 (retribución superior a 7.651,80 €/mes).